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La Oficina Anticorrupció toma denuncias que identifican conductas prohibidas en la administración pública 

En particular en cuanto a los tipos penales que sancionan hechos de corrupción, las Convenciones Anticorrupción ratificadas por la República Argentina, con el objeto de armonizar la legislación en los países signatarios, recomiendan la tipificación como delito de varias conductas consideradas actos de corrupción, en las cuales participa un corruptor y un corrompido resultando damnificado el patrimonio del Estado y/o una organización del sector privado. Esta tipificación se realiza en orden a su sanción y a facilitar la cooperación entre Estados Parte en aquellos casos en que resulte involucarada más de una jurisdicción.

La legislación Nacional se adecúa a la internacional y los delitos de corrupción descriptos en las diferentes Convenciones Anticorrupción, en su mayoría, se encuentran previstos en el Título XI, del libro II del Código Penal Argentino, denominado "Delitos Contra la Administración Pública".