Jujuy es una de las primeras jurisdicciones del país en contar con una Oficina Anticorrupción.
Con la sanción de la Ley Provincial 5885, en diciembre de 2015, este organismo se convirtió en autoridad de aplicación del Régimen de Ética Pública de la Provincia.
En pocos años, Jujuy se colocó a la vanguardia en la lucha contra este flagelo, derivando en la designación de la entidad de contralor como máxima autoridad del Foro Permanente de Fiscalías de Investigaciones Administrativas y Oficinas Anticorrupción, periodo 2019-2020. Así, la Oficina lidera el ente que articula políticas en la materia a nivel país.
La asunción de la dra. Josefa Herrera como Fiscal Anticorrupción de Jujuy, desde el 5 de febrero de 2020, marca especial énfasis en la implementación de mayores acciones en materia de prevención.
Siguiendo este desafío, ya se trabaja en la elaboración y coordinación de programas preventivos anti-corrupción, de promoción de la transparencia e integridad en la gestión pública. Para lograrlo, apuesta a una fuerte articulación inter-institucional.
De igual manera, la Oficina focaliza si accionar en la investigación de aquellas conductas que se consideren comprendidas en la Convención Interamericana contra la Corrupción, junto a las violaciones a los deberes de funcionarios públicos. Con nuevas herramientas, prosigue con la misión de promover el respeto al Régimen de Ética Pública de la Provincia.
El control de declaraciones juradas patrimoniales es otro de los grandes objetivos donde se asientan los esfuerzos de esta flamante gestión, con medidas en proceso de implementación a fin de fortalecer el cumplimiento de esta obligación por parte de los sujetos obligados en toda la provincia.
La Oficina Anticorrupción de Jujuy presenta a continuación un trazado de las acciones ejecutadas y proyectadas.
A lo largo de sus primeros 4 años de existencia, la Oficina concretó diversos acuerdos estratégicos, estableció marcos de diálogo y asistencia regional, nacional e internacional. Mecanismos anti-soborno, divulgación de herramientas sobre Compliance y Responsabilidad Penal Empresaria – Ley 27.401; capacitaciones sobre Auditorías, Transparencia en el Manejo de Fondos Públicos, Actualización Normativa sobre Rendiciones de Cuentas y Contrataciones, Lucha contra el Lavado de Activos y Buenas Prácticas de Gestión de Riegos de Corrupción fueron algunos de los ejes abordados.
Acciones conjuntas con la Universidad de San Andrés, la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Jujuy, el Gobierno de Morón (Bs.As.); la Fundación Friedrich-Naumann-Stiftung für die Freiheit, el Tribunal de Cuentas de Jujuy, el Ministerio Público de la Acusación, la Unidad de Información Financiera (UIF), la Sindicatura General de la Nación (SIGEN), la Auditoría General de la Nación, organismos del Gobierno Provincial, legisladores nacionales y provinciales, municipios y entidades sindicales fortalecieron el rol de la OA como referente institucional en materia de integridad y anticorrupción dentro de la administración pública y en la esfera público – privada.
En materia investigativa, se contabilizaron 335 expedientes tramitados en el periodo 2016-2019, considerando las facultades para recibir denuncias, investigar de oficio o por denuncia, y disponer medidas de prueba.
Cabe mencionar que si, como etapa posterior a la investigación, se descubren hechos que puedan constituir delitos, la Oficina Anticorrupción presenta la denuncia pertinente.
En caso de existir irregularidades administrativas, se otorga intervención al organismo competente.
Además, la Oficina puede participar como querellante en los procesos judiciales en donde se investiguen hechos que estén incluidos en el ámbito de su competencia.
Ninguna denuncia es archivada sin un dictamen fundado y su correspondiente investigación preliminar.
La presentación de declaraciones juradas colocó a niveles históricos el control patrimonial de funcionarios provinciales y municipales, con la aplicación de sanciones por disposición de la Oficina Anticorrupción.
Para ello, la entidad realizó diversos relevamientos de declaraciones en edificios estatales, provinciales y municipales. Se buscó facilitar el cumplimiento de esta obligación, por tratarse de los primeros años en la implementación de este sistema, e instalar la responsabilidad de los sujetos obligados.
En el periodo 2016 – 2019, se contabilizaron 1014 funcionarios y empleados públicos obligados a presentar altas, bajas y variaciones anuales de sus declaraciones juradas; todos ellos pertenecientes a los Poderes Ejecutivo y Legislativo del Estado Provincial y municipios adheridos a la Ley 5153 de Ética Pública.
Cabe mencionar que, por Acordada 81/16, el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Jujuy ha determinado adoptar para sus funcionarios y personal de planta del Poder Judicial un sistema propio sobre contenido y publicidad de sus declaraciones juradas.
Resultados periodo 2016 a diciembre 2019
Declaraciones juradas sometidas a control
Se recuerda que los controles abarcan:
Enmarcada en la Ley 5153 de Ética Pública; la Ley 5885 de Creación de Oficina Anticorrupción; la Ley 5887 de Modificación de la Ley Nº 5153 de Ética Pública, y la Convención Interamericana contra la Corrupción, la Oficina Anticorrupción de Jujuy pretende profundizar su aporte en fomento a la integridad pública, en la lucha contra la corrupción a escala provincial y en el ámbito de la República Argentina.
Fuerte apuesta a la faz preventiva
Desde febrero de 2020, la entidad de contralor inició gestiones con diversos organismos del Estado Provincial para la pronta rúbrica de convenios que por primera vez tenderán a promover la cooperación directa para el desarrollo de programas e implementación de mecanismos sistemáticos de diagnóstico y prevención de la corrupción, dentro de la esfera pública.
Los acuerdos entre la Fiscal Anticorrupción, dra. Josefa Herrera, y funcionarios del Poder Ejecutivo, en principio, serán impulsados bajo la premisa de promover una mayor eficacia, eficiencia y transparencia en la gestión pública.
En este sentido, también formarán parte del plan a seguir el fortalecimiento de los vínculos entre los sectores del Estado para encontrar soluciones a diversas problemáticas, capacitaciones y la generación de espacios de análisis para la toma de decisiones respecto de la lucha contra la corrupción.
En este contexto, se solicitó contar con el máximo acompañamiento gubernamental, de manera de avanzar rápidamente en la articulación efectiva de estos procedimientos en los distintos estamentos provinciales.
Los convenios tenderán a resolver con mayor calidad numerosos procedimientos ejecutados a diario desde la Oficina Anticorrupción, permitiendo asimismo la detección, mitigación y eliminación de problemáticas que desalientan la lucha contra este flagelo, perjudican la operatoria estatal, lesionan la transparencia e integridad de organismos públicos.
La firme intención de la Oficina Anticorrupción para la rúbrica de acuerdos con entidades estatales apuntará a agilizar la investigación de presuntos casos de corrupción que se atribuyan a agentes públicos, instituciones, asociaciones o empresas que tengan como principal fuente de recursos el patrimonio del Estado Provincial.
Se buscará así un manifiesto compromiso de los firmantes frente a pedidos de informes y suministro de datos que respalden las tareas investigativas, facilitando con ello la agilización de los expedientes.
En consonancia con la Ley 5885, la Oficina Anticorrupción actúa por denuncia de otros organismos o particulares, o bien de oficio –en caso de tomar conocimiento de algún hecho que en primera instancia pudiera dar indicios de la tipificación de algunas de las conductas de competencia del organismo.
Hasta el momento, el denunciante puede realizar este acto en forma escrita o verbal, incluyendo datos personales del presentante, relación precisa y circunstanciada de los hechos y, si es posible, la indicación de los autores y pruebas disponibles.
No obstante, la Oficina Anticorrupción ya inició investigaciones de oficio frente a denuncias efectuadas por diferentes actores en medios de comunicación de la provincia y hasta en redes sociales, a los efectos de multiplicar la recopilación de indicios que puedan vincularse a hechos contrarios al Régimen de Ética Pública, o que puedan tipificarse en las acciones de contralor que ejecuta este organismo.
De igual manera, la Oficina trabaja en la ampliación de servicios al ciudadano, mediante la próxima generación de un sistema de denuncias on line y mediante vía telefónica, que complementen los procedimientos tradicionales.
Se persigue otorgar mayor atención al compromiso ciudadano en la observación de hechos que pueden enmarcarse en el ámbito de competencia de la Oficina Anticorrupción.
Los convenios que avanzarán entre la Oficina y otros organismos provinciales apuntarán a lograr un firme compromiso respecto a la presentación en tiempo y forma de las declaraciones juradas patrimoniales.
El Régimen de Declaraciones Juradas es un mecanismo de transparencia y una herramienta de investigación que contribuye a proteger los intereses públicos, permitiendo detectar y prevenir posibles conflictos de intereses e incompatibilidades, como así también posibles casos de enriquecimiento ilícito.
Están obligados a presentar declaración jurada funcionarios del Poder Ejecutivo y Legislativo, organismos descentralizados, empresas del Estado y otras entidades del Gobierno Provincial, así como aquellos funcionarios o empleados públicos con facultades de disposición o administración de fondos públicos, o que otorguen habilitaciones.
Revisten especial importancia los momentos obligatorios de presentación: alta de cargo, baja de cargo, modificación de situación patrimonial y ejercicio del cargo público en los últimos 10 años (con fecha de corte al 31 de diciembre de 2015); donde es preciso contar con el expreso compromiso de los sujetos obligados y sus máximas autoridades.
Declaraciones juradas patrimoniales
Mediante protocolo, la Oficina regula controles con diferentes alcances: el control preliminar corrobora que las declaraciones juradas hayan sido confeccionadas de manera completa, sean coherentes y consistentes; y el control sustantivo complementa al anterior, utilizando bases de datos externas.
Cabe destacar que el universo de las declaraciones juradas patrimoniales sometidas a controles aumenta progresivamente a medida que transcurren los periodos, siguiendo lo establecido en protocolo.
Los controles de las declaraciones se efectuarán sobre todos los datos que hacen principalmente al patrimonio del sujeto obligado y su grupo familiar, con atención a posibles casos de incompatibilidad en la función pública. Además se encuentra en proceso la regulación del protocolo de evolución patrimonial, a fin de determinar las variaciones que presentaron los patrimonios de los sujetos obligados y su grupo familiar desde que ingresaron a la función pública.
Con el fin de determinar no sólo posibles casos de incompatibilidad, sino acumulación de cargos, integridad, conflictos de intereses, cobro indebido de haberes, inconsistencias y enriquecimiento ilícito, la Oficina Anticorrupción dictó el Control General de Incompatibilidad y Conflicto de Intereses, que se efectúa sobre la totalidad de las declaraciones juradas presentadas, por cada periodo. Para ello se basa en los reportes que arroja el sistema de declaraciones juradas on line SIKUS.
Tomando estos significativos desafíos, la Oficina Anticorrupción busca generar una mayor responsabilidad de los diversos organismos del Estado y de los municipios adheridos al Régimen de Ética Pública, para que cada sujeto obligado cumpla con su obligación en los tiempos acordados y con la mayor calidad posible.
Para ello, se ofrece el sistema SIKUS que incorporó diversas herramientas para el usuario, como por ejemplo la IMPORTACIÓN DE DATOS al sistema: los sujetos obligados pueden extraer lo declarado en periodos anteriores, actualizando con mayor agilidad y facilidad sus datos.
Es preciso que cada funcionario y agente público acceda vía on line a la carga de sus datos y concurra a la sede de la Oficina para cumplimentar su obligación en los plazos pertinentes.
Sin perjuicio de ello, regirán las intimaciones de sanción para quienes no cumplan, en cuanto existe un decreto de retención de sueldos a los funcionarios del Poder Ejecutivo Provincial en falta y se considerará la presentación de una denuncia penal posterior.
Si es necesario, se cursarán intimaciones a municipios, aún cuando la Oficina carece de competencia sancionatoria debido a la autonomía de las comunas.
Mayor adhesión municipal
La corrupción compromete los distintos órdenes de gobierno. Por eso la Prevención debe ser una política de Estado.
La Oficina Anticorrupción de Jujuy promueve la adhesión de las distintas jurisdicciones municipales al Régimen Provincial de la Ley de Ética Pública, incentivando criterios uniformes que viabilicen mecanismos eficaces en la recepción, control y publicidad de las declaraciones juradas patrimoniales.
La necesidad jurídica de la adhesión comunal emana del Art. 1 de la Ley de Ética Pública Provincial, en consonancia a lo dispuesto por el Art. 178 de la Constitución Provincial y los Art. 5 y 123 de la Constitución Nacional.
Actualmente, sólo 17 municipalidades y comisiones municipales están adheridos al Régimen Provincial de la Ley de Ética Pública.
En detalle, son 12 los municipios adheridos, alcanzado cerca del 60 por ciento del total de comunas. Por el lado de las comisiones municipales, sólo 5 adoptaron esta responsabilidad, representando un 13 por ciento del total.
Es intención de la Oficina Anticorrupción avanzar en la implementación de acuerdos y procedimientos que posibiliten aumentar la presentación de declaraciones juradas –con su consecuente control patrimonial- en las 4 regiones de la provincia.
Por tal motivo, luego de los convenios mentados con organismos del Estado Provincial se avanzará en programas preventivos municipales, que permitan éste y otros propósitos a lo largo del territorio jujeño.
Municipalidades y comisiones municipales adheridas al Régimen Provincial de la Ley de Ética Pública
Con éstas y otras medidas, la Oficina Anticorrupción buscará afianzar la relación entre el Estado y la sociedad civil, implementando y proponiendo a lo largo de sus próximos 4 años de gestión reformas institucionales necesarias para fortalecer la democracia y el buen gobierno.
Se incrementará el esfuerzo institucional para generar innovación en las políticas sociales, e introducir lineamientos que contribuyan a optimizar el funcionamiento de organismos públicos y una mayor calidad en materia de transparencia pública.