La Oficina Anticorrupción de Jujuy implementó este programa, apuntando a extender los alcances de la Oficina Anticorrupción de Jujuy en las cuatro regiones de la provincia. Se pretende difundir y consensuar acciones con las diferentes entidades provinciales, Municipalidades y Comisiones Municipales, en la Lucha contra la Corrupción y en fomento a la Integridad en la Función Pública.
En virtud de las facultades establecidas en la Ley N°5885, de creación de la Oficina Anticorrupción, es que la OA busca garantizar la transparencia y reforzar los valores éticos en la administración estatal.
Se planifican encuentros de trabajo, comunicación permanente con las comunas y la generación de campañas de difusión de impacto territorial para la concientización de agentes públicos. Se pretende así generar redes colaborativas en la prevención e investigación de aquellas conductas que se consideren comprendidas en la Convención Interamericana contra la Corrupción - Ley Nacional N°24.759.
Como primera medida, se insta a lograr la efectiva adhesión de las comunas al Régimen de la Ley de Ética Pública de la Provincia N°5153, sus modificatorias y complementarias (decretos reglamentarios N° 919-G-2016 y 4477-G-2017), de modo que las citadas normas adquieran vigencia en las diversas jurisdicciones que aún no poseen la obligación de presentar sus Declaraciones Juradas Patrimoniales ante este organismo.
Es de especial interés que las autoridades de los poderes Ejecutivo y Legislativo municipales cumplan y se comprometan en la detección y prevención de toda irregularidad funcional y violaciones a los deberes de funcionarios públicos, fomentando el acabado respeto al Régimen de Ética Pública Provincial (Ley Nº5153 y modificatorias).
La iniciativa de adhesión al Régimen Provincial de Ética Pública alcanza a 41 municipalidades y comisiones municipales que a la fecha no dispusieron sumarse espontáneamente a dicho régimen. Al no presentar ante la OA sus Declaraciones Juradas Patrimoniales, no se logra el control de la situación patrimonial de quienes inician, ejecutan y culminan su rol de funcionario público.
La invitación a las comunas para acogerse al Régimen previsto en la Leyes Nº5153 y Nº5887 refiere a la presentación de Declaraciones Juradas Patrimoniales ante esta Oficina. Para tales fines, se divulga además los alcances de los Decretos 919-G-2016 y 4477-G-2017, adjuntos a la presente. No obstante, la no adhesión al Régimen no exime a la totalidad de municipios y comisiones municipales de la obligación de cumplir acabadamente con la normativa antes mencionada.
En segundo término, ante la búsqueda de mayores estándares en materia de transparencia e integridad en la función pública y siguiendo lo establecido por la Ley Provincial 5885 (el art. 2 inc. “m”), la Oficina Itinerante avanza en la difusión de los alcances de la Resolución OA 42/2021, que crea del Registro de Sanciones Administrativas y Judiciales – RESAJ.
Esta herramienta, a cargo del Departamento de Prevención y Asuntos Institucionales, incluye datos identificatorios de funcionarios o empleados públicos de toda la provincia, cuyas conductas sean violatorias del Régimen de Ética Pública.
Con el convencimiento que la mayor transparencia debe generarse en la función pública de manera abierta, accesible, oportuna; en vista de la responsabilidad de quienes toman decisiones en los diferentes niveles y sectores del Estado respecto a sus acciones y buenas prácticas, la OA considera menester que las municipalidades y comisiones municipales cuenten con ambas herramientas legales (Ley 5153 - modificatorias y Resolución 42) para avanzar en la lucha contra la corrupción y el fomento a la integridad en la Administración Pública.
Como tercer punto, se avanza en una una planificación de encuentros con organismos del Estado Provincial para promover la importancia del Régimen de Ética Pública, indagar sobre las normas y tramitaciones relacionadas con las conductas de agentes públicos y difundir el funcionamiento del flamante Registro de Sanciones Administrativas y Judiciales – RESAJ, como parte del programa de Oficina Itinerante.